Resolución Expediente Acta Nº
Nº 314/022 0289-02-006-2020 46/2022
 
Referencia
CORREGIR LAS DIFERENCIAS ENTRE LAS COMPENSACIONES CALCULADAS POR UTE Y LAS QUE CORRESPONDE PAGAR DE ACUERDO A LA REGLAMENTACIÓN
 
Resolución

VISTO: las actuaciones cumplidas en aplicación del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (RCSDEE), en el período de control comprendido entre el 1º de julio y el 31 de diciembre de 2019;

RESULTANDO: I)  que habiéndose cumplido con todas las etapas establecidas en la reglamentación, fueron detectadas diferencias entre las compensaciones calculadas por UTE y las que corresponde pagar de acuerdo a la reglamentación;

II) que, con fecha 30 de agosto de 2021, los asesores técnicos de esta Unidad Reguladora realizan un primer informe sobre el resultado de dicho control, donde se requería determinada información en relación  a  casos en que se detectaron errores en el proceso de cálculo de indicadores y/o compensaciones. UTE evacua la vista de este primer informe, presentando documentación, correspondientes a 62 casos de trámite de solicitud de presupuesto para nueva conexión o aumento de carga, para la acreditación de plazos Pendientes del Cliente por Causas Varias (PCV);

III) que posteriormente, UTE evacuó la vista del informe técnico INF-00060-2022, aportando información complementaria sobre dos casos cuyos PCV no habían sido considerados como acreditados por los técnicos;

IV) que se realizó informe técnico por parte de Fiscalización Energía Eléctrica analizando la información aportada por UTE, habiendo sido identificados, entre otros, errores en los siguientes aspectos a) asignación de días al usuario en el proceso de trámite de solicitudes de conexión, b) contabilización de las facturaciones forzadas sin lectura real asociada, c) asignación de los usuarios afectados por el incumplimiento del nivel de tensión para algunos puntos de registro, d) no asignación de la compensación a suministros ubicados en zona rural, para los que no se había generado la notificación del presupuesto, e) codificación de incidencias como no contabilizadas y cuyas observaciones no respaldaban la codificación asignada;

CONSIDERANDO: I) que en virtud de las diferencias detectadas entre las compensaciones calculadas por UTE y las que debían pagarse de acuerdo a la reglamentación, corresponde entonces requerir a dicho organismo que realice las correcciones;

II) que se cumplió con el debido procedimiento;

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (RCSDEE), aprobado por Resolución de Ursea N° 29/003 , del 24 de diciembre de 2003, con sus modificaciones y concordantes;

EL DIRECTORIO de la

Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

RESUELVE:

1) Requerir a UTE que para los casos incluidos en el archivo “Análisis PRUEBAS PCV -  62 casos presentados_v1”, realice el recálculo del plazo del trámite de solicitud de presupuesto, contabilizando como PCV solamente el plazo indicado en dicha Tabla, mientras que  para el resto de los casos incluidos en el archivo “201902 fechafin PCV = FechaConfPto_Acta 26-5-21”, contabilice el total del tiempo registrado como PCV en el cálculo del plazo del trámite de solicitud de presupuesto asignado a UTE.

2) Solicitar a UTE que agregue en la tabla 42 todos los casos en los que se detectaron errores, y cuya corrección y recálculo determine nuevas compensaciones o complementos de compensaciones ya calculadas en particular los informados en el  archivo “diferencias a pagar_201902.xls”.

3) Disponer que los archivos mencionados anteriormente, “Análisis PRUEBAS PCV -  62 casos presentados_v1”, “201902 fechafin PCV = FechaConfPto_Acta 26-5-21” y “diferencias a pagar_201902.xls”, se encuentran adjuntos a la actuación N° 58 del expediente N° 0289-02-006-2020, deberán ser comunicados junto con la presente resolución.

4) Solicitar a UTE que informe a Ursea el listado de diferencias de compensaciones que efectivamente pagará a los usuarios, indicando cuáles corresponden al resultado del control, y publique la Tabla 42.

5) Solicitar a UTE que efectivice el pago de las nuevas compensaciones o complementos de compensaciones ya calculadas  según corresponda e informe a esta Unidad Reguladora.

6) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 46/2022 de fecha 09/15/2022